Cooperación de otras agencias

2 L.P.R.A. § 653, under Comisión Especial de la Asamblea Legislativa para el Estudio de los Sistemas de Retiro.

2 L.P.R.A. § 653

El Superintendente podrá solicitar recomendaciones y asesoramiento cuando así lo estime al Instituto de Cultura, a la Autoridad de Edificios Públicos o a cualquier otra entidad gubernamental y podrá pedir la cooperación de éstas para el mejor ejercicio de sus funciones.