Compra de muebles y alfombras

2 L.P.R.A. § 659, under Comisión Especial de la Asamblea Legislativa para el Estudio de los Sistemas de Retiro.

2 L.P.R.A. § 659

El Superintendente recomendará el tipo y diseño de los muebles y alfombras que considere más apropiado para el uso de la Asamblea Legislativa pero no se comprarán muebles o alfombras para cualquiera de las Cámaras, a menos que medie una orden escrita y firmada por el Presidente de la Cámara correspondiente.