Cooperación de agencias gubernamentales

2 L.P.R.A. § 81, under Asamblea Legislativa y sus Oficiales.

2 L.P.R.A. § 81

Los departamentos, agencias e instrumentalidades del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y los municipios suministrarán al Contralor todos los documentos, expedientes e informes que éste solicite y darán acceso a los funcionarios y empleados de la Oficina del Contralor a todos sus archivos y documentos.