Término de los cargos

20 L.P.R.A. § 1002, under Junta Examinadora de Embalsamadores.

20 L.P.R.A. § 1002

Los miembros nombrados por el Gobernador de Puerto Rico ocuparán sus cargos por un término de cuatro (4) años y hasta que sus sucesores sean nombrados y hayan tomado posesión de sus respectivos cargos.