Para la expedición de licencia se suministrará por el aspirante un sello de rentas internas de cinco dólares ($5) y las licencias deben estar colocadas en sitios visibles en el lugar en que habitualmente se practiquen los embalsamamientos.
20 L.P.R.A. § 1010, under Junta Examinadora de Embalsamadores.
20 L.P.R.A. § 1010
Para la expedición de licencia se suministrará por el aspirante un sello de rentas internas de cinco dólares ($5) y las licencias deben estar colocadas en sitios visibles en el lugar en que habitualmente se practiquen los embalsamamientos.