Regirá los destinos del Colegio su Junta de Gobierno y cualquier otro organismo del mismo que los colegiados acuerden.
20 L.P.R.A. § 1065, under Colegio de los Profesionales de Terapia Ocupacional de Puerto Rico.
20 L.P.R.A. § 1065
Regirá los destinos del Colegio su Junta de Gobierno y cualquier otro organismo del mismo que los colegiados acuerden.