Sobreseimiento

20 L.P.R.A. § 135j, under Ley de la Junta de Licenciamiento y Disciplina Médica.

20 L.P.R.A. § 135j

Cualquier ley o parte de la misma, resolución conjunta o disposición administrativa que vaya en contra de alguna disposición de este capítulo, quedará suplantada por éste. Las normas jurisprudenciales o legales no específicamente revocadas o que no estén en conflicto con lo expresado en este capítulo continuarán en vigor.