Autorización para firmar documentos

20 L.P.R.A. § 168, under Ley para Regular la Profesión de Médicos Asistentes de Puerto Rico.

20 L.P.R.A. § 168

Los doctores en quiropráctica debidamente autorizados para ejercer la profesión de quiropráctico en Puerto Rico según en las secs. 151 a 169 de este título se provee, podrán ejecutar y firmar todo documento legal o certificados que sean incidentales al ejercicio de la quiropráctica.