Licencia—Exhibición y/o despliegue

20 L.P.R.A. § 183, under Práctica del Masaje.

20 L.P.R.A. § 183

Todo terapeuta de masaje y licenciado provisional, deberá exhibir su certificado de inscripción o su licencia con su fotografía en un lugar conspicuo de la oficina, cabina o lugar de trabajo o del negocio de masaje. El título otorgado por la certificación o licencia podrá ser abreviado por el uso de las iniciales del T.M.L.