Se instruye a la Junta y a todas las entidades y organismos reguladores de Puerto Rico a preparar o enmendar la reglamentación necesaria para la implantación de este capítulo.
20 L.P.R.A. § 18c, under Requisitos Educativos.
20 L.P.R.A. § 18c
Se instruye a la Junta y a todas las entidades y organismos reguladores de Puerto Rico a preparar o enmendar la reglamentación necesaria para la implantación de este capítulo.