Sistema de Inspectores

20 L.P.R.A. § 2021, under Colegio de Peritos Electricistas.

20 L.P.R.A. § 2021

Se autoriza al Colegio a establecer un sistema de Inspectores para velar por el cumplimiento de las disposiciones de este capítulo y de las secs. 2701 et seq. de este título, Ley de la Junta Examinadora de Peritos Electricistas. El Colegio establecerá por reglamento, entre otros, los requisitos para ser inspector, sus funciones, los procedimientos que deban realizar o seguir, su forma remuneración, destitución y cualquier otro asunto no incompatible con este capítulo.