Colegio de Técnicos de Refrigeración y Aire Acondicionado—Deberes

20 L.P.R.A. § 2072, under Junta Examinadora y Colegio de Técnicos de Refrigeración y Aire Acondicionado.

20 L.P.R.A. § 2072

(a) El Colegio tendrá los siguientes deberes:(a) Gestionar y contribuir al mejoramiento de las relaciones y lazos de compañerismo entre las personas dedicadas al ejercicio del oficio del técnico de refrigeración y aire acondicionado.(b) Determinar y auspiciar medidas de protección para sus miembros y que a su vez protejan a la comunidad.(c) Sostener una saludable y estricta moral en el ejercicio del oficio por los colegiados.

(a) Gestionar y contribuir al mejoramiento de las relaciones y lazos de compañerismo entre las personas dedicadas al ejercicio del oficio del técnico de refrigeración y aire acondicionado.

(b) Determinar y auspiciar medidas de protección para sus miembros y que a su vez protejan a la comunidad.

(c) Sostener una saludable y estricta moral en el ejercicio del oficio por los colegiados.