Colegio—Gobierno

20 L.P.R.A. § 2194, under Junta Examinadora y Colegio de Nutricionistas y Dietistas.

20 L.P.R.A. § 2194

Regirá los destinos del Colegio de Nutricionistas y Dietistas de Puerto Rico, en primer término, su Asamblea General y en segundo término su Directiva.