Serán miembros del Colegio todas las personas a quienes la Junta les haya expedido o expida en el futuro licencia de diseñador-decorador de interiores según las disposiciones de las secs. 2231 et seq. de este título.
20 L.P.R.A. § 2248, under Junta Examinadora y Colegio de Diseñadores-Decoradores de Interiores.
20 L.P.R.A. § 2248
Serán miembros del Colegio todas las personas a quienes la Junta les haya expedido o expida en el futuro licencia de diseñador-decorador de interiores según las disposiciones de las secs. 2231 et seq. de este título.