Reglamento

20 L.P.R.A. § 2251, under Junta Examinadora y Colegio de Diseñadores-Decoradores de Interiores.

20 L.P.R.A. § 2251

El reglamento dispondrá lo que no se haya previsto en este subcapítulo necesario para el fiel cumplimiento de los propósitos para los cuales se establece el Colegio incluyendo, entre otras cosas, lo concerniente a procedimientos de admisión; funciones, deberes y procedimientos de todos sus organismos y oficiales; convocatorias; fechas; quórum, forma y requisitos de las Asambleas Generales, y sesiones de la Junta de Gobierno; elecciones de directores y oficiales, comisiones permanentes; término de todos los cargos, creación de vacantes y modo de cubrirlas; presupuestos, inversión de fondos y disposición de bienes del Colegio.