Licencia—Medidas transitorias

20 L.P.R.A. § 2410a, under Junta Examinadora y Colegio de Técnicos en Electrónica.

20 L.P.R.A. § 2410a

Toda persona que fuere titular de una licencia vigente como técnico de radio y telerreceptores, tendrá derecho a recibir de la Junta, previo solicitud al respecto, una licencia como técnico en electrónica, con especializaciones en radio y televisión. Además, la Junta tramitará futuras solicitudes de renovaciones de licencias como técnicos de radio y telerreceptores como renovaciones de licencias de técnicos en electrónica.

Las disposiciones de esta sección dejarán de tener vigencia a los cuarenta y ocho (48) meses de entrar en vigor esta ley.