Renovación de licencias

20 L.P.R.A. § 2426, under Junta Examinadora y Colegio de Técnicos en Electrónica.

20 L.P.R.A. § 2426

La licencia como técnico en electrónica exigida por este capítulo caducará una vez haya transcurrido el término de cuatro (4) años desde la fecha de su emisión. La licencia podrá ser renovada previo pago de los derechos dispuestos en la sec. 2427 de este título.