Licencias y examen—Expedición y exhibición

20 L.P.R.A. § 3041, under Negocios de Bienes Raíces y Profesión de Corredor, Vendedor o Empresa de Bienes Raíces.

20 L.P.R.A. § 3041

La Junta expedirá inmediatamente la licencia de corredor, vendedor o empresa de bienes raíces a las personas que hayan cumplido con los requisitos establecidos en este capítulo. La licencia deberá ser exhibida al público en el lugar de trabajo del corredor, vendedor o empresa de bienes raíces.