Licencia—Renovación

20 L.P.R.A. § 3215, under Junta Examinadora de Psicólogos.

20 L.P.R.A. § 3215

Las licencias de los psicólogos se renovaran cada tres (3) años a base de educación continuada, según se establezca en el Reglamento de Educación Continua, aprobado por la Junta para los efectos.

Los derechos a pagarse por concepto de renovación de licencia son de sesenta dólares ($60). Una vez el profesional cumpla con los requisitos estipulados en el Reglamento de Educación Continua, la Junta le extenders una nueva licencia que facultara legalmente al solicitante a ejercer su profesión por los tres (3) años subsiguientes.