Los miembros de la Junta, incluso los empleados o funcionarios públicos, tendrán derecho al pago de dietas de cincuenta dólares ($50) por día o fracción de día, por asistencia a reuniones o sesiones oficiales.
20 L.P.R.A. § 3245, under Junta Examinadora de Consejeros Profesionales.
20 L.P.R.A. § 3245
Los miembros de la Junta, incluso los empleados o funcionarios públicos, tendrán derecho al pago de dietas de cincuenta dólares ($50) por día o fracción de día, por asistencia a reuniones o sesiones oficiales.