Junta—Creación

20 L.P.R.A. § 3353, under Junta Examinadora de Tecnólogos Radiológicos en Imágenes de Diagnóstico y Tratamiento.

20 L.P.R.A. § 3353

Se crea la Junta Examinadora de Tecnólogos Radiológicos en Imágenes de Diagnóstico y Tratamiento de Puerto Rico. El gobernador del Estado Libre Asociado de Puerto Rico nombrará los miembros de la Junta, la cual se compondrá de siete (7) miembros, a saber: dos (2) tecnólogos radiológicos, uno (1) en general y uno (1) en radioterapia; un (1) tecnólogo vascular; un (1) tecnólogo en resonancia magnética; un (1) tecnólogo en tomografía computadorizada; un (1) tecnólogo en densitometría ósea; y un (1) tecnólogo radiológico en mamografía. Los miembros de la Junta servirán por un término no mayor de cuatro (4) años.