Licencia—Expedición

20 L.P.R.A. § 3362, under Junta Examinadora de Tecnólogos Radiológicos en Imágenes de Diagnóstico y Tratamiento.

20 L.P.R.A. § 3362

La Junta expedirá licencias para ejercer como tecnólogo radiológicos en imágenes de diagnóstico y tratamiento a cualquier persona que hubiere aprobado satisfactoriamente las pruebas teóricas y prácticas del examen ofrecido por dicha Junta, pagare los derechos estipulados en este capítulo y satisfaga los otros requisitos que sean impuestos por reglamentos.

Una vez expedida la licencia todo profesional tendrá la obligación y responsabilidad de colocar su licencia vigente en un lugar visible en su centro de trabajo clínico y copia en todo lugar donde ofrezca servicios profesionales.