Licencia—Derechos a pagarse

20 L.P.R.A. § 3368, under Junta Examinadora de Tecnólogos Radiológicos en Imágenes de Diagnóstico y Tratamiento.

20 L.P.R.A. § 3368

La Junta podrá cobrar los derechos por servicios de examen de reválida y licencia; recertificación y registro; certificación de especialidad; reciprocidad; reexamen; duplicado de licencia y convalidación de acuerdo a las cantidades estipuladas en su reglamento.