Regirá los destinos del Colegio de Cirujanos Menores o Practicantes de Puerto Rico, en primer término, su Asamblea General, y en segundo término, su directiva.
20 L.P.R.A. § 346, under Colegio de Enfermería Práctica Licenciada.
20 L.P.R.A. § 346
Regirá los destinos del Colegio de Cirujanos Menores o Practicantes de Puerto Rico, en primer término, su Asamblea General, y en segundo término, su directiva.