Licencias—Renovación

20 L.P.R.A. § 3509, under Junta Examinadora de Planificadores.

20 L.P.R.A. § 3509

(a) Los criterios de renovación de licencia estarán sujetos al análisis y determinación de la Junta, con el asesoramiento de las agrupaciones que representen a los planificadores. Toda persona que desee renovar su licencia deberá cumplir con los siguientes requisitos:(a) Someter solicitud de renovación de la Junta.(b) Cumplir con el requisito de educación continua que se establezca mediante reglamento por la Junta Examinadora de Planificadores Profesionales.(c) Renovar la licencia cada cuatro (4) años.(d) El servicio de renovar la licencia será setenta y cinco dólares ($75).(e) Este ingreso irá al Fondo Especial de las Juntas Examinadoras.

(a) Someter solicitud de renovación de la Junta.

(b) Cumplir con el requisito de educación continua que se establezca mediante reglamento por la Junta Examinadora de Planificadores Profesionales.

(c) Renovar la licencia cada cuatro (4) años.

(d) El servicio de renovar la licencia será setenta y cinco dólares ($75).

(e) Este ingreso irá al Fondo Especial de las Juntas Examinadoras.