Licencias—Reciprocidad, duplicado o licencia extraviada

20 L.P.R.A. § 3511, under Junta Examinadora de Planificadores.

20 L.P.R.A. § 3511

Toda persona a la que se le haya extraviado su licencia y desee que la Junta se la renueve, deberá pagar cincuenta dólares ($50). Si le interesa se le conceda una licencia de reciprocidad o duplicado deberá pagar la cantidad de setenta y cinco dólares ($75). La Junta establecerá la reglamentación necesaria a tales efectos.