Licencia—Solicitud de reválida

20 L.P.R.A. § 409b, under Farmacia.

20 L.P.R.A. § 409b

(a) Toda persona que interese tomar la reválida exigida en este capítulo para obtener la licencia de farmacéutico, deberá radicar en la Junta los siguientes documentos:(a) Una solicitud de examen de reválida en el formulario que a estos fines le provea la Junta, en la forma y dentro del término que se disponga por reglamento.(b) Evidencia acreditativa de que el solicitante cumple con los requisitos establecidos en los incisos (a), (b) y (c) de la sec. 409a de este título.(c) Un documento oficial con retrato y firma que acredite la identidad del solicitante.(d) El pago de los derechos de solicitud de examen de reválida para farmacéutica establecido en la sec. 409n de este título.

(a) Una solicitud de examen de reválida en el formulario que a estos fines le provea la Junta, en la forma y dentro del término que se disponga por reglamento.

(b) Evidencia acreditativa de que el solicitante cumple con los requisitos establecidos en los incisos (a), (b) y (c) de la sec. 409a de este título.

(c) Un documento oficial con retrato y firma que acredite la identidad del solicitante.

(d) El pago de los derechos de solicitud de examen de reválida para farmacéutica establecido en la sec. 409n de este título.

Los aspirantes que no aprueben la reválida e interesen tomar nuevamente los exámenes tendrán que presentar una nueva solicitud.