Título

20 L.P.R.A. § 6051, under Ley para el uso de la Telemedicina en Puerto Rico.

20 L.P.R.A. § 6051

Este capítulo se conocerá y se debe citar como “Ley para Reglamentar la práctica de la Terapéutica Atlética y regular la profesión del Terapeuta Atlético”.