Sociedades profesionales

20 L.P.R.A. § 711q-1, under Juntas Examinadoras de Ingenieros y Arquitectos y de Agrimensores y Arquitectos Paisajistas.

20 L.P.R.A. § 711q-1

El ejercicio de la ingeniería, arquitectura, agrimensura y la arquitectura paisajista bajo una razón social o asociación profesional, será permitida siempre y cuando todos los socios o principales de dicha entidad sean licenciados en sus respectivas profesiones, y figuren inscritos en el correspondiente Registro de Sociedades Profesionales.