Creación

20 L.P.R.A. § 793, under Junta de Contabilidad; Colegio de Contadores Públicos Autorizados.

20 L.P.R.A. § 793

Se constituye a las personas actualmente con derecho a ejercer la profesión de contador público autorizado en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, en entidad jurídica o corporación cuasi pública bajo el nombre de Colegio de Contadores Públicos Autorizados de Puerto Rico y con domicilio en la capital.