Todo aspirante a una licencia de maestro plomero deberá ser mayor de edad y haber trabajado, con anterioridad a la fecha del examen, por lo menos dos (2) años como oficial plomero con licencia bajo la dirección de uno o más maestros plomeros licenciados y colegiados que así lo certifiquen. En caso de trabajar bajo la dirección de más de un maestro, la certificación la expedirá el último bajo el cual se completen los dos años. El maestro que certifique al aspirante lo hará bajo su responsabilidad profesional y sujeto a la acción disciplinaria correspondiente en caso de que la certificación no resulte ser veraz, en cuyo caso la Junta determinará si su licencia debe ser suspendida o revocada. El reglamento de la Junta dispondrá lo relativo a la certificación del maestro y al procedimiento a llevar a cabo en caso de que la misma no resulte veraz.