Dietas

20 L.P.R.A. § 972o, under Ley de la Junta Examinadora de Maestros y Oficiales Plomeros y del Colegio de Maestros y Oficiales Plomeros de Puerto Rico.

20 L.P.R.A. § 972o

Cada integrante de la Junta, incluso los que sean empleados y funcionarios públicos, recibirá una dieta conforme al Reglamento Uniforme de las Juntas Examinadoras Adscritas al Departamento de Estado de Puerto Rico.