Trabajos de plomería por persona jurídica

20 L.P.R.A. § 973, under Ley de la Junta Examinadora de Maestros y Oficiales Plomeros y del Colegio de Maestros y Oficiales Plomeros de Puerto Rico.

20 L.P.R.A. § 973

Cuando se ofrezcan o provean servicios o trabajos de plomería a través de una corporación, sociedad, asociación u otro tipo de entidad que por ley sea una persona jurídica, los accionistas deberán ser maestros plomeros, oficiales plomeros o ambos, aunque dichos accionistas no provean ellos mismos los servicios ofrecidos. La corporación, sociedad u otra solo podrá proveer los servicios de plomería a través de personas autorizadas por la Junta Examinadora en el grado que corresponda.