El Departamento del Trabajo y Recursos Humanos presentará ante la Secretaría del Senado de Puerto Rico y la Cámara de Representantes un informe sobre los trámites llevados a cabo para cumplir con el propósito de este capítulo. Dicho informe será presentado al cabo de los seis (6) meses contados a partir de la aprobación de esta Ley, e incluirá, sin que esto constituya una limitación, los nombres de los participantes beneficiados por este capítulo, así como la cantidad de quioscos transferidos a cada municipio.