(a) El Secretario de Transportación y Obras Públicas tendrá, sin que se entienda como una limitación, las siguientes facultades:(a) Será el funcionario responsable de administrar y supervisar el Centro de Coordinación de Excavaciones y Demoliciones.(b) Negociar y otorgar contratos de servicios profesionales y técnicos, y contratar todo o parte de los servicios necesarios para cumplir con las disposiciones de este capítulo.
(a) Será el funcionario responsable de administrar y supervisar el Centro de Coordinación de Excavaciones y Demoliciones.
(b) Negociar y otorgar contratos de servicios profesionales y técnicos, y contratar todo o parte de los servicios necesarios para cumplir con las disposiciones de este capítulo.