Asignaciones adicionales

21 L.P.R.A. § 611k, under Programa Red de Apoyo Social.

21 L.P.R.A. § 611k

(a) El Programa aquí creado se podrá nutrir de las siguientes asignaciones económicas:(a) Las asignaciones que haga anualmente la Asamblea Legislativa mediante Resoluciones Conjuntas o donativos específicamente para el Programa;(b) Donativos de empresas, agrupaciones, instituciones sin fines de lucro, sociedades y entidades privadas, de los ciudadanos en particular, así como de entidades gubernamentales, federales, estatales y municipales.

(a) Las asignaciones que haga anualmente la Asamblea Legislativa mediante Resoluciones Conjuntas o donativos específicamente para el Programa;

(b) Donativos de empresas, agrupaciones, instituciones sin fines de lucro, sociedades y entidades privadas, de los ciudadanos en particular, así como de entidades gubernamentales, federales, estatales y municipales.