Presentación del Proyecto de Resolución y Mensaje de Presupuesto

21 L.P.R.A. § 7311, under Presupuesto.

21 L.P.R.A. § 7311

El Alcalde preparará el proyecto de resolución del presupuesto general de ingresos y gastos del municipio balanceado para cada año fiscal, el cual deberá ser uno balanceado. El presupuesto será radicado ante la Legislatura Municipal, en documento físico o electrónico, no más tarde del 20 de junio de cada año. En aquellos casos en que el Alcalde decida presentar ante la Legislatura Municipal el mensaje de presupuesto, lo hará en una sesión extraordinaria especialmente convocada para tal propósito. El proyecto de resolución del presupuesto general de ingresos y gastos del municipio se radicará en o ante la Legislatura Municipal, según sea el caso, en documento físico o electrónico, con copias suficientes para cada uno de los miembros del Cuerpo. Además, no más tarde del día de radicación en la Legislatura Municipal, enviará copia del mismo a la Oficina de Gerencia Municipal, adscrita a la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP).

Disponiéndose, que el Proyecto de Resolución del Presupuesto será presentado ante o radicado en la Legislatura Municipal, junto a un mensaje presupuestario por escrito, no más tarde del 20 de junio de cada año. Disponiéndose, que la evaluación y aprobación del Proyecto de Presupuesto por parte de la Legislatura Municipal no podrá exceder del 25 de junio de cada año fiscal.