Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM); Propósito y Naturaleza

21 L.P.R.A. § 7951, under Centro de Recaudación de Ingresos Municipales.

21 L.P.R.A. § 7951

El CRIM es la entidad encargada de brindar servicios fiscales a los municipios, y cuya responsabilidad primaria es recaudar, recibir y distribuir los fondos públicos que corresponden a los municipios provenientes de las fuentes que se indican en este capítulo.

El CRIM es una entidad municipal, independiente y separada de cualquier otra agencia o instrumentalidad del Gobierno de Puerto Rico y está sujeto a las disposiciones de las secs. 9601 et seq. del Título 3, conocidas como “Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico”.