Se concede competencia exclusiva al Tribunal de Primera Instancia para entender en los juicios por los delitos estatuidos en este capítulo.
21 L.P.R.A. § 8152, under Contribución Municipal sobre la Propiedad.
21 L.P.R.A. § 8152
Se concede competencia exclusiva al Tribunal de Primera Instancia para entender en los juicios por los delitos estatuidos en este capítulo.