Toda persona que dentro de un mismo municipio se dedique a industrias o negocios sujetos a distintos tipos de patente pagará por separado la base total del volumen de negocios de cada industria o negocio y al tipo prescrito para cada industria o negocio según sea el caso. Cuando se lleve operaciones en más de un municipio, se establecerá las bases según mencionado en los incisos (e) y (h) de la sec. 8162 de este título por tipo de patente.