Las secs. 890 a 890l de este título podrán citarse con el nombre de “Ley de Conservación y Desarrollo de Culebra”.
21 L.P.R.A. § 890, under Isla de Culebra.
21 L.P.R.A. § 890
Las secs. 890 a 890l de este título podrán citarse con el nombre de “Ley de Conservación y Desarrollo de Culebra”.