Divulgación de disposiciones de la ley

21 L.P.R.A. § 898k, under Ley para el Manejo de Estorbos Públicos y la Reconstrucción Urbana de Santurce y Río Piedras.

21 L.P.R.A. § 898k

Todas las entidades gubernamentales que tengan alguna función que surja de este capítulo, tendrán que divulgar en sus respectivas páginas virtuales, así como en las oficinas ubicadas en Santurce o Río Piedras, y tener disponible para el público en general una copia de este capítulo y los reglamentos correspondientes.