Asistencia económica

21 L.P.R.A. § 982, under Mataderos Municipales; Incentivos.

21 L.P.R.A. § 982

El plan de incentivos consistirá en proveer asistencia económica para los fines dispuestos en la sec. 981 de este título a municipios, asociaciones de municipios que acuerden llevar a cabo una empresa conjunta en armonía con las disposiciones del artículo 105 de la Ley Municipal.