La Corporación no es un proveedor de servicios públicos

22 L.P.R.A. § 1101, under Ley para la Revitalización de la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico.

22 L.P.R.A. § 1101

La Corporación no será considerada una compañía de acueductos y/o alcantarillados o compañía productora de agua potable o de recogido y disposición de aguas de alcantarillado sanitario, compañía de servicio público o persona que proporciona servicios para uso general.