Futuro establecimiento de un mercado eléctrico

22 L.P.R.A. § 1141r, under Ley de Política Pública Energética de Puerto Rico.

22 L.P.R.A. § 1141r

El Negociado de Energía deberá realizar un estudio sobre la viabilidad y conveniencia de establecer en Puerto Rico un mercado eléctrico basado en la libre competencia y presentará un informe con los resultados de dicho estudio ante la Asamblea Legislativa y al Gobernador en o antes del 30 de junio de 2025.