Acervo de Equipo Mecánico—Reembolso

22 L.P.R.A. § 21, under Proyectos de Obras Públicas; Adquisición de Propiedad.

22 L.P.R.A. § 21

Los anticipos hechos de acuerdo con las secs. 19 a 21 de este título serán reembolsados al Fondo General del Departamento de Hacienda cuando se haya liquidado en su totalidad cada documento de obligación que se haya contabilizado en los libros del Secretario de Hacienda a favor del Fondo Rotativo del Acervo o en la forma que lo determine el Secretario de Hacienda.