Derecho de retracto del Estado Libre Asociado al venderse terrenos en regadío—Fondos para ejercitarlo

22 L.P.R.A. § 277, under Protección contra Riesgos en Plantas Eléctricas de Emergencia.

22 L.P.R.A. § 277

La Administración de Vivienda Rural de la Autoridad de Tierras queda autorizada para destinar cualquier parte de los fondos a su disposición, para la adquisición por el Estado Libre Asociado de Puerto Rico de fincas sujetas al derecho de retracto a favor de éste para ser dedicadas a los fines de la Ley de Hogares Seguros.