Inversión del Gobierno en cooperativas de la Zona de Riego de Isabela—Autorización

22 L.P.R.A. § 316, under Protección contra Riesgos en Plantas Eléctricas de Emergencia.

22 L.P.R.A. § 316

Por la presente se autoriza al Secretario de Hacienda a comprar acciones o bonos hasta la suma de cincuenta mil (50,000) dólares de aquellas cooperativas establecidas o que se establezcan en la zona de regadío público de Isabela, con fines de facilitar crédito a dichos regantes para refaccionar los distintos cultivos a que se dediquen dichos regantes.