Inversión del Gobierno en cooperativas de la Zona de Riego de Isabela—Reglamentación

22 L.P.R.A. § 317, under Protección contra Riesgos en Plantas Eléctricas de Emergencia.

22 L.P.R.A. § 317

El Gobernador queda por la presente autorizado para aprobar todas aquellas reglas y reglamentos necesarios para poner en vigor las secs. 316 a 318 de este título.