Sobre todos los terrenos que forman el Distrito de Regadío con carácter permanente se impondrá una contribución por acre, sobre la base que se fijará según se dispone en este subcapítulo.
22 L.P.R.A. § 375, under Protección contra Riesgos en Plantas Eléctricas de Emergencia.
22 L.P.R.A. § 375
Sobre todos los terrenos que forman el Distrito de Regadío con carácter permanente se impondrá una contribución por acre, sobre la base que se fijará según se dispone en este subcapítulo.